Marcelo Galvani

06 de marzo, 2008

Exención del pago de tasas 2 ª ruta de documentos robados, sólo en Río

Enviado por: Marcelo Galvani En: General

He recibido el mensaje de correo electrónico debajo de un amigo e hizo la famosa búsqueda para ver si es válido.

Documentos robados es libre
¿Cómo no podía dejar de hacer nuestro deber como ciudadanos, queremos hacer lo que la prensa hace, no revela una ley que ayuda a la gente para obtener sus documentos, robados o robado, de forma gratuita en las organizaciones de derechos civiles.
Documentos robados - libre para hacer la segunda pista
Importante: Los documentos robados - BO da libre - Ley 3.051/98 - ¿Sabía usted?
Creo que gran parte de la población no sabe, principalmente por falta de difusión a través de los medios de comunicación, es que la Ley 3.051/98 nos da el derecho, en caso de robo o hurto, a través de la presentación del Boletín de Ocurrencia, la cuestión de la libre duplicado de documentos, tales como:
La prueba (que costaría 42,97 dólares de los EE.UU.);
Identidad (32,65 dólares de los EE.UU.);
Anual de licencias de vehículos (34,11 dólares de los EE.UU.) ..
Para lograr una sociedad libre, justa tener una copia (no necesitan ser certificadas) de BO - Boletín de Ocurrencia y el original Detran (Emancipación y licencias) y una copia de un stand de la IFP.
El registro sirve para beneficiar a nosotros. Paso este mensaje porque tenemos que saber nuestros derechos, ya que puedan verse perjudicados, no hemos injusto para pagar los honorarios de los duplicados.
Deseo que todo el mundo, no sólo para salvar a sí mismos. Repassem tus amigos.
Vamos a hacer valer nuestros derechos.

Resultados: La ley es válida sólo para el Estado de Río de Janeiro. Aquí está el texto de la ley, que también se puede acceder por este enlace.

El Presidente de la Asamblea Legislativa del Estado de Río de Janeiro, de conformidad con lo que el párrafo 5 junto con el párrafo 7 del artículo 115 de la Constitución del Estado, hace que la Ley N º 3051, a 21 de septiembre de 1998, procedían de Proyecto La Ley N º 1109-A, 1997.
La Ley N º 3051, el 21 de septiembre de 1998.

Prevé la exención de la 2 ª TASA DE VIA (A TRAVÉS Segunda), de documentos robados, cuando se expidan por los organismos públicos del Estado de Rio de Janeiro.

La Asamblea Legislativa del Estado de Río de Janeiro
DECRETA:

Artículo 1 - Es el Estado de Río de Janeiro responsable de la liberación de la tasa para la 2 ª pista, refiriéndose a los documentos emitidos por organismos públicos estatales, cuando implican algún tipo de robo y / o robo.
Artículo 2 - El derecho a la libertad de la policía se produce a través de ocurrencia.
Artículo 3 - La presente Ley entrará en vigor en la fecha de su publicación, se deroga la disposición en contrario.

Asamblea Legislativa de la Estado de Río de Janeiro, 21 de septiembre de 1998.
Señor Sérgio Cabral Filho
Presidente

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